Trámites

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan propietarios y arrendatarios: precios, arriendos, ventas, impuestos, servicios, pólizas y copropiedad.

Propietarios: precio y valor

¿Cuánto vale mi apartamento en El Poblado?

Depende del sector exacto, el área, el piso, la antigüedad, el estado, la vista, el parqueadero y las zonas comunes. La forma confiable de saberlo es compararlo con ventas recientes de inmuebles parecidos en la misma zona, no con precios de publicación. Tenga en cuenta que el avalúo catastral del predial suele estar muy por debajo del valor comercial.

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¿Cuánto puedo cobrar de arriendo por mi apartamento en Medellín?

Lo define el mercado: lo que se paga por inmuebles parecidos, en la misma zona y en el mismo estado. Para vivienda hay además un tope legal: el canon mensual no puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble (Ley 820 de 2003). Acertar en el precio desde el inicio es clave, porque durante el contrato solo puede subir con el IPC, una vez al año.

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Propietarios: arrendar su inmueble

¿Cuánto cuesta administrar un inmueble en Medellín?

La administración inmobiliaria se cobra como un porcentaje del canon mensual. Incluye buscar y estudiar al inquilino, el contrato, el recaudo del arriendo, la gestión de reparaciones y el seguimiento de la póliza. La tarifa exacta depende del inmueble.

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¿Qué hacer si mi apartamento está vacío?

Cada mes vacío cuesta: la administración, el predial y los servicios siguen corriendo sin ingresos. Revise tres cosas: el precio frente al mercado actual, las fotos y dónde está publicado, y el estado del inmueble (pintura y arreglos menores rinden mucho). Si lleva más de un mes sin interesados, casi siempre es el precio.

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¿Cómo arrendar un apartamento sin tener problemas con el inquilino?

Estudie al inquilino (ingresos, historial y referencias), respalde el arriendo con una póliza, firme un contrato escrito completo y haga un inventario con fotos el día de la entrega. Una administración profesional se encarga de todo esto y de actuar si algo sale mal.

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¿Cuánto cuesta consignar mi inmueble?

La asesoría, el avalúo inicial y la publicación no tienen costo. Solo cobramos comisión cuando el inmueble se vende o se arrienda.

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¿En qué municipios trabajan?

En el Valle de Aburrá y el Oriente antioqueño: Medellín, Envigado, Sabaneta, Itagüí, Bello, Rionegro y La Ceja, entre otros.

Propietarios: vender su inmueble

¿Cómo vender un apartamento heredado en Medellín?

Primero se hace la sucesión, para que el inmueble quede a nombre de los herederos en el certificado de tradición y libertad. Si todos los herederos están de acuerdo, puede hacerse ante notaría, que suele ser más rápido que por un juzgado. Con la sucesión registrada, todos los herederos (o sus apoderados) firman la escritura de venta. La comercialización puede avanzar mientras la sucesión termina.

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¿Cómo vender un inmueble con hipoteca?

Se puede. Lo habitual es usar parte del pago del comprador para cancelar la deuda: el banco expide el paz y salvo y autoriza la cancelación de la hipoteca, que se firma en la notaría junto con la escritura de venta. Si el comprador paga con crédito, los bancos coordinan los desembolsos. Pida al banco el saldo actualizado antes de fijar el precio.

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Arrendatarios: requisitos

¿Qué necesito para arrendar un inmueble?

Su documento de identidad, soportes de ingresos (certificado laboral, extractos o declaración de renta) y aprobar el estudio de arrendamiento. El estudio lo hace la aseguradora de arrendamientos y, según el caso, lo aprueba con o sin codeudor.

¿Me pueden pedir un depósito?

No. La Ley 820 de 2003 prohíbe exigir depósitos en dinero u otras garantías reales para arrendar vivienda urbana. Las garantías válidas son, por ejemplo, codeudores o pólizas.

¿Cuánto puede subir el arriendo cada año?

En vivienda urbana, el canon puede reajustarse una vez cada 12 meses y el incremento no puede superar el IPC del año calendario anterior. El reajuste se debe informar al arrendatario.

¿Puedo tener mascotas?

Depende del contrato y del reglamento de la copropiedad. En la ficha de cada inmueble indicamos cuando se permiten mascotas.

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Arrendatarios: durante el contrato

Se dañó algo en el inmueble, ¿qué hago?

Repórtelo cuanto antes con fotos. Según el tipo de daño, la reparación la asume el propietario o el arrendatario.

Cómo reportar una reparación →
¿Puedo subarrendar o ceder el contrato?

No, salvo que el arrendador lo autorice de forma expresa y por escrito. Hacerlo sin autorización es causal para terminar el contrato.

Arrendatarios: al terminar

¿Puedo entregar el inmueble antes de tiempo?

Sí, con preaviso escrito de tres meses. Si entrega antes del vencimiento del contrato, la ley prevé una indemnización de tres cánones, salvo que haya mutuo acuerdo.

Terminación anticipada →
¿Cómo es la entrega?

Revisamos el inmueble contra el inventario inicial. Debe entregarlo en el mismo estado, salvo el desgaste normal, con los paz y salvos y todas las llaves.

Impuestos

¿Qué impuestos pago al vender un inmueble?

En la notaría se practica una retención en la fuente del 1 % del precio de venta, que es un anticipo de su impuesto de renta. Si tuvo el inmueble dos años o más, la utilidad se grava como ganancia ocasional (15 %); para personas naturales, la utilidad en la venta de su casa o apartamento de habitación tiene una exención parcial. Los gastos de notaría y registro se reparten según lo acuerden comprador y vendedor. Confirme su caso con un contador.

¿Debo declarar lo que recibo de arriendo?

Sí. Los cánones son ingresos que se incluyen en su declaración de renta si está obligado a declarar. Si el arrendatario es una empresa, normalmente le practica una retención en la fuente sobre el canon. Guarde los soportes de administración, predial y reparaciones.

¿Quién paga el impuesto predial?

El propietario, aunque el inmueble esté arrendado. Es un impuesto municipal anual y los municipios suelen ofrecer descuento por pronto pago.

Servicios públicos

¿Quién paga los servicios públicos?

Normalmente el arrendatario, desde el día en que recibe el inmueble hasta la entrega. Al terminar el contrato debe presentar el paz y salvo.

Si el inquilino no paga los servicios, ¿responde el propietario?

Por regla general, propietario y arrendatario responden solidariamente ante la empresa de servicios. La Ley 820 de 2003 permite al propietario liberarse de esa responsabilidad si informa a la empresa sobre el contrato de arrendamiento y otorga las garantías que se exigen. Por eso conviene verificar los recibos durante el contrato y exigir el paz y salvo al final.

Pólizas de arrendamiento

¿Qué es una póliza de arrendamiento?

Un seguro que respalda el pago del canon si el inquilino incumple. La aseguradora estudia al inquilino antes de aprobar el contrato y, si deja de pagar, le paga al propietario mientras se recupera el inmueble. En algunos casos la aseguradora pide además un codeudor.

¿Qué cubre?

Siempre cubre el canon. Según el amparo contratado, también puede cubrir cuotas de administración, servicios públicos no pagados y daños al inmueble. Las coberturas y los topes dependen de cada póliza.

Copropiedad

¿Quién paga la cuota de administración?

Ante la copropiedad, el responsable es el propietario. En el contrato de arrendamiento se puede pactar que la cuota ordinaria la pague el inquilino junto con el canon.

¿Quién paga las cuotas extraordinarias?

Normalmente el propietario, porque financian obras e inversiones en el edificio que valorizan su inmueble.

¿El inquilino debe cumplir el reglamento de propiedad horizontal?

Sí. El reglamento (Ley 675 de 2001) aplica a quien habite el inmueble: horarios, mascotas, uso de zonas comunes y trasteos. Las multas se imponen al propietario, que puede cobrarlas al inquilino según el contrato.

Otros

¿Cómo presento una queja o reclamo?

Por el formulario de PQRS. Queda radicada con fecha y le respondemos al correo que nos indique.

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¿Cómo usan mis datos personales?

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Última actualización: 24 de septiembre de 2026

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